Entran en vigor nuevas regulaciones para viviendas ubicadas en zonas turísticas
Nuevas regulaciones para la autorización de permutas, donaciones, compraventas y acciones de construcción en viviendas ubicadas en zonas de alta significación para el turismo, entraron en vigor con la publicación de un reglamento especial en la Gaceta Oficial.
La Resolución conjunta número uno del 2018 de los ministerios de la Construcción (Micons) y Turismo (Mintur), y el Instituto de Planificación Física (IPF), también afecta a cuartos, habitaciones y locales en zonas de los municipios de La Habana Vieja y Centro Habana.
Esta normativa regula de forma integral la actuación de las direcciones municipales de la Vivienda, de Planificación Física y de las delegaciones del Ministerio de Turismo para cumplir con lo establecido.
Zonas de alta significación para el turismo son aquellas que por sus relevantes características naturales, culturales o históricas constituyen un recurso de gran importancia para el país, cuya actividad económica fundamental consiste en el desarrollo turístico y en las que se establecen regímenes especiales.
La Resolución conjunta 01 del Micons, el Mintur y el IPF explica que la solicitud de autorización para la realización de permuta, donación y compraventa de viviendas situadas en estas zonas, se presenta en la Dirección Municipal de la Vivienda del territorio donde está ubicado el inmueble.
Debe contener las generales de las partes, dirección de la vivienda o viviendas objeto del trámite, así como la composición de los núcleos familiares que ocupan los inmuebles objeto de transmisión, según el acto para el que se pide autorización.
Al presentar la solicitud, los promoventes deben aportar los documentos que acreditan su titularidad, inscritos en el Registro de la Propiedad. En caso de permuta, si interviene una vivienda vinculada o medio básico, entregan, además, el documento de autorización del jefe del organismo o entidad a que pertenece el inmueble.
La normativa establece que tras ser admitida la solicitud, se radica el expediente y se traslada, en un término de cinco días, a la delegación territorial del Mintur, a los efectos de su evaluación y la emisión del pronunciamiento que corresponda.
Con respecto a las autorizaciones de permuta, donación y compraventa de viviendas en la zona de alta significación para el turismo de La Habana Vieja y Centro Habana, se tramitan conforme a la legislación específica para estas áreas.
La resolución añade que una vez recibido el pronunciamiento favorable del delegado del Ministro de Turismo correspondiente a la zona, el director municipal de la Vivienda emite resolución en la que autoriza lo solicitado.
Notificado el interesado, este concurre ante notario con sede en la zona, a los fines de formalizar el acto de permuta, donación o compraventa, a cuyos efectos entrega la resolución que lo autoriza.
La regulación establece que la solicitud de licencia o autorización para acciones de rehabilitación, unificación, división, ampliación o remodelación de viviendas de propiedad personal, se promueve por el titular por escrito ante la Dirección Municipal de Planificación Física.
Planificación Física, en el término de ocho días hábiles contados a partir de recibida, solicita el criterio de la Delegación del Ministerio de Turismo de la Zona o la Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana, para el caso de La Habana Vieja y Centro Habana.
Cuando las solicitudes no cumplan con las regulaciones urbanas, la Dirección Municipal de Planificación Física las deniega, de acuerdo con el procedimiento vigente, sin necesidad de trasladarla a la autoridad del Mintur en la localidad.
Si cumple con las regulaciones urbanas, la Dirección Municipal de Planificación Física solicita el criterio al Mintur por escrito, con los datos generales del solicitante, documentos legales que prueban la titularidad sobre la vivienda o la edificación objeto de las acciones constructivas solicitadas, descripción de la acción constructiva que se pretende realizar y evaluación del cumplimiento urbanístico.
En caso de que el pronunciamiento de la autoridad turística sea negativo, la Dirección Municipal de Planificación Física notifica, por escrito, la decisión de no autorizar la Licencia de Construcción, en el término de tres días hábiles, contados a partir de haberlo recibido, de lo contrario emite la Licencia de Construcción o autorización, según corresponda.
(Con información de ACN)
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