Isabel Pantoja entra en prisión
La cantante Isabel Pantoja ha ingresado este viernes en la prisión de de Alcalá de Guadaira (Sevilla) para cumplir la pena de dos años de cárcel impuesta por la Audiencia de Málaga por un delito de blanqueo de capitales. La tonadillera ha entrado sobre las 8.00 horas.
Pantoja llegaba al centro penitenciario, donde multitud de periodistas y policías nacionales esperaban su llegada, en un vehículo marca Mercedes escoltado por otro de la Guardia Civil y conducido por un hombre. Pantoja iba sentada en la parte trasera con unas amplias gafas de sol y el rostro muy serio.
El vehículo en el que también viajaba de copiloto su hermano ha entrado hasta el aparcamiento de los funcionarios y desde éste la tonadillera condenada ha tenido que recorrer varios metros andando con un gran bolso negro colgado del hombro y siempre por delante de dos funcionariasque la han dirigido hasta la puerta de la cárcel.
La entrada en prisión de Pantoja se produce después de que la Sección Segunda de Málagadesestimara el recurso de súplica presentado por los letrados de la cantante contra la decisión de no suspender su ingreso en prisión y después de que la Sala le diera tres días para comenzar a cumplir. La defensa tiene interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Esta Sala condenó a la cantante a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.147.148,96 euros, de los que ha pagado ya 147.000 euros. También fueron condenados el exalcalde de Marbella y expareja de Pantoja, Julián Muñoz, y su exmujer, Maite Zaldívar, que ya cumple la pena de dos años y medio de cárcel por el mismo delito de blanqueo de capitales.
Agustín Pantoja no podía reprimir el llanto al dejar a su hermana en la prisión sevillana. Es su hermano el que se encargará de los asuntos económicos y judiciales de Pantoja. Él fue el encargado de desmantelar la casa de La Moraleja (que está en venta) y trasladar todos los objetos de la cantante a Cantora.
Este Tribunal rechazó suspender la pena a Pantoja, esgrimiendo entre otros argumentos que, aunque cumplía los requisitos para concederle el beneficio de la suspensión, había que tener en cuenta circunstancias como la gravedad de la conducta y el carácter "ejemplar" de la pena para que cumpla "su función de servir de freno a posibles conductas futuras análogas".
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