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Cambio de chapas (IV, Final)

Cambio de chapas (IV, Final)

Por Ricardo R. González

¿Qué hacer en caso de un vehículo roto o que haya sido sustraído?

Ante de desperfectos técnicos o roturas que impidan realizar la inscripción y el cambio de chapa en la fecha convocada el poseedor legal debe presentarse en el Centro de Registro de Vehículos que le corresponde con la chapa de identificación y la licencia de conducción  para que se le otorgue un documento como constancia de su presentación.

En ese acto se define el plazo en que podrá realizar los trámites correspondientes

Si se tratase de un vehículo sustraído, su propietario deberá presentarse en el Centro de Vehículos correspondiente con el comprobante de la denuncia previamente realizada, y recibirá un documento como constancia de su presentación.

¿Qué hacer cuando el poseedor legal no pueda concurrir al ser convocado?

Se autoriza a realizar los trámites a otra persona mayor de 18 años, previa presentación de su Carné de Identidad y de una escritura notarial de Poder Especial en la que se especifique las facultades que otorga el poseedor legal al apoderado en relación al vehículo.

¿Cuáles son las circunstancias que se consideran como limitantes para acudir personalmente?

— Encontrarse fuera del territorio nacional en función de trabajo, estudio, asuntos personales u otros motivos.

— Incapacitado para realizar trámites legales.

— Fallecimiento del propietario sin haberse concluido el trámite de Declaratoria de Herederos.

— Recluido en prisión

Para todos estos casos existen variantes de soluciones que posibilitan a la persona autorizada por el poseedor legal realizar los trámites presentando siempre la documentación establecida para cada caso.

¿Qué pasos se siguen de comprobarse adulteraciones u otras irregularidades?

Ante adulteración de los números de motor, de la carrocería o de documentación queda establecido por los decretos correspondientes la manera de proceder que incluye, además, los vehículos construidos con el ensamblado de partes y con piezas nuevas o de uso.

En estas circunstancias el vehículo será ocupado, se le retirará la chapa de identificación y la licencia de circulación, y atendiendo a las características del poseedor legal y del caso se entregarán en depósito a su propietario o a la entidad correspondiente hasta tanto concluyan las investigaciones, y se adopte la decisión de decomiso o de legalización según corresponda.

También puede ver este material en:

http://ricardosoy.wordpress.com

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