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soyquiensoy (Ricardo R. González)

Dicta sentencia el Tribunal Provincial de La Habana contra exdirectivos y exfuncionarios del Instituto de la Aeronáutica Civil de Cuba y de Empresa Comercializadora de Productos Farmacéuticos

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, sancionó por delitos asociados a actos de corrupción a varios directivos, funcionarios y empleados de entidades de Cubana de Aviación S.A. y de Empresa Comercializadora de Productos Farmacéuticos, quienes recibieron dinero y otros beneficios para favorecer en las negociaciones a entidades extranjeras en perjuicio de las propias empresas cubanas.

En correspondencia con la gravedad de estos hechos por las cuantiosas pérdidas a la economía y el deterioro de los valores éticos de los acusados, así como el grado de responsabilidad de cada uno de ellos y sus antecedentes de conducta, el tribunal consideró como autores de delitos de Cohecho de carácter continuado e impuso a JOSÉ HERIBERTO PRIETO FERRER, quien se desempeñó como Director de Carga de Cubana de Aviación, la sanción de 13 años de privación de libertad; AMNERYS DE LA CUESTA CÓRDOVA, que ejerció las responsabilidades de Subdirectora Comercial, Directora adjunta y Directora de Carga de la misma entidad, 10 años de privación de libertad y a MERCEDES RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, exSubdirectora de Gestión de Ventas de la Empresa Cubana de Aviación, 10 años de privación de libertad.

Asimismo, se le impuso la sanción de 6 años de privación de libertad a los acusados EMILIO GONZÁLEZ FARRAT, exDirector Comercial de la Corporación de la Aviación Civil S.A (CACSA); PEDRO CÉSAR MEDINA NÚÑEZ, exDirector Adjunto de Carga de Cubana de Aviación y a INDIRA LEZCANO TRIANA, exDirectora de la Unidad Económica Básica Comercial de la Empresa AEROVARADERO S.A.

También fue sancionado a 10 años de privación de libertad el acusado JAIR RODRÍGUEZ MARTÍN, exJefe del Departamento de Exportaciones de la Empresa Comercializadora de Productos Biotecnológicos y Farmacéuticos HEBER BIOTEC S.A; y a 3 años de privación de libertad a EDAMIR MEDINA MÉNDEZ, Técnico en exportaciones de esta misma entidad.

El Tribunal consideró igualmente responsables del delito de Cohecho de carácter continuado y les impuso las sanciones de 7 y 6 años de privación de libertad a ALEXEY CRESPO GUTIÉRREZ y a MARÍA ANTONIA LÓPEZ GONZÁLEZ, Gerente y Subgerente Comercial de la Sucursal extranjera CARIBE CARGO S.A., respectivamente. Estos dos encartados se encuentran sujetos a otro proceso penal pendiente de sentencia por hechos asociados a actos de corrupción.

La Sala aplicó también las sanciones accesorias de confiscación de los bienes y dinero adquiridos por los acusados como resultado de su actividad delictiva, y de prohibición del ejercicio de las profesiones, cargos u oficios que desempeñaban al momento de los hechos.

Los acusados ejercieron el derecho a la defensa y contaron con las garantías establecidas en la legislación procesal penal, mientras los abogados aportaron y expusieron ante el tribunal los argumentos y elementos que consideraron pertinentes.

Contra la decisión judicial, tanto los acusados como el Fiscal, pueden establecer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular.

(Con información del Periódico Granma)

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