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soyquiensoy (Ricardo R. González)

Imponen sanciones de privación de libertad a otros exdirectivos y exfuncionarios del Ministerio de la Industria Alimentaria y la Empresa Mixta Río Zaza

Imponen sanciones de privación de libertad a otros exdirectivos y exfuncionarios del Ministerio de la Industria Alimentaria y la Empresa Mixta Río Zaza

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana dictó sentencia sancionadora contra otros exdirectivos y exfuncionarios del Ministerio de la Industria Alimentaria y la Empresa Mixta Río Zaza, declarados culpables de delitos asociados a actos de corrupción administrativa, cometidos en ocasión del desempeño de sus funciones.

El texto de la resolución judicial describe cómo los sancionados —a cambio de sobornos en efectivo y otras dádivas ilegales— desviaron o permitieron el desvío de productos y materias primas del destino previsto, falsearon información, adulteraron documentos y realizaron otras actividades fraudulentas, con abuso de atribuciones y contenidos propios de los cargos que desempeñaban, para beneficiar los intereses lucrativos de individuos inescrupulosos en detrimento de los intereses del pueblo y la economía del país; incurriendo en los delitos de Cohecho y Falsificación de Documentos Bancarios y de Comercio.

En correspondencia con los diversos grados de responsabilidad y delitos cometidos el tribunal decidió sancionar a CELIO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, ex viceministro de la Industria Alimentaria, MARITZA ESTHER RAMOS HERNÁNDEZ, OFELIA GRISELL LIPTAK RUBI Y RAFAEL ALONSO GUTÍERREZ a 5 años de privación de libertad; a NATIVIDAD GISELA SÁNCHEZ GONZÁLEZ, ALVARO RAFAEL RUIZ VAQUERO y JORGE LUIS GALVAN PERÉZ a 4 años de privación de libertad; a LUCY HORTENSIA LEAL DÍAZ a 3 años de privación de libertad.

Asimismo, resultaron sancionados JORGE CABRERA TORRES a 5 años de privación de libertad subsidiados por trabajo correccional con internamiento; y JESÚS IGNACIO MONTES OLIVA y JUAN CLEMENTE MORGADO CANCIO a 4 años de privación de libertad subsidiados por limitación de libertad.

La sentencia dictada podrá ser impugnada por los sancionados mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo Popular en el término de 10 días hábiles posteriores a su notificación.

(Con información de Periódico Granma)

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